Publicado en Ascenso del Interior el Informe Nº 35 de la Comisión de Torneos del Consejo Federal, nos enteramos de las fechas que ya maneja el Consejo Federal y para la Temporada 2009 del Torneo del Interior (Argentino C). La Quimera lo transcribe textual.
Ascenso del Interior
INFORME N° 35
En la ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 25 días del mes de junio de dos mil ocho se reúne la Comisión de Torneos, conformada por los Sres. LUIS SOPRANZI (Vocal), JOSE SOLANILLA (Representante Jurisdicción Bonaerense), LUIS VALDOVINOS (Representante Jurisdicción Mesopotámica), con la presencia del Sr. ALVARO M. CASTRO (Presidente Ejecutivo), y, el Ing. ALFREDO DERITO (Secretario General); con el objeto de tratar temas para la organización del TORNEO DEL INTERIOR 2009, y a tales fines se sugiere lo siguiente:
En la ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 25 días del mes de junio de dos mil ocho se reúne la Comisión de Torneos, conformada por los Sres. LUIS SOPRANZI (Vocal), JOSE SOLANILLA (Representante Jurisdicción Bonaerense), LUIS VALDOVINOS (Representante Jurisdicción Mesopotámica), con la presencia del Sr. ALVARO M. CASTRO (Presidente Ejecutivo), y, el Ing. ALFREDO DERITO (Secretario General); con el objeto de tratar temas para la organización del TORNEO DEL INTERIOR 2009, y a tales fines se sugiere lo siguiente:
1. Se fijó para el 15 de agosto de 2008 la fecha de postulación de Ligas/Uniones Regionales y Estadios (autorizados para la disputa del Torneo del Interior 2009).-
2. Las Ligas/Uniones Regionales podrán postular para este torneo una cantidad máxima de equipos que la representen en función de la cantidad de clubes que poseen. En tal sentido se establece que las Ligas/Uniones Regionales que poseen hasta diez (10) clubes afiliados podrán postular como máximo un (1) club representante, las Ligas/Uniones Regionales con entre once (11) y veinte (20) clubes afiliados podrán postular hasta dos (2) equipos representantes, y las Ligas/Uniones Regionales que cuenten con veintiún (21) o más clubes afiliados, podrán postular hasta tres (3) equipos representantes.
3. Las Uniones Regionales podrán postular un (1) club más de lo citado precedentemente.-
4. Las Ligas que integran una Unión Regional no podrán postularse en forma individual para la presente edición del certamen, conforme a la Resolución del Consejo Federal nº 11.005 del 29 de Abril de 2004.
5. Además las Federaciones reconocidas, podrán postular un (1) equipo que las represente, siempre que surja del torneo oficial que organice ésta, la cual deberá enviar al Consejo Federal, la documentación respaldatoria de la organización del torneo y disputa y en el que deberán participar no menos de diez (10) equipos. Las Federaciones deberán hacer llegar las postulaciones en tal sentido el 15/08/2008.-
6. Los clubes que descendieron del Torneo Argentino 2007/08 Categoría B, tendrán plazo hasta el 03 de noviembre de 2008 para confirmar su participación en la presente edición del Torneo del Interior.-
7. La fecha tentativa de inicio se fijó para el 25 de Enero de 2.009.
8. Se verificarán la capacidad y seguridad de los estadios hasta el día 30 de septiembre del corriente. Las mejoras a realizar conforme a la inspección efectuada, deberán estar finalizadas antes del 30/10/2008, caso contrario los estadios quedaran inhabilitados, y los Clubs no podrán participar del Torneo si solo cuentan con ese estadio. No habrá prorrogas para posteriores mejoras. Solo las Ligas/Uniones Regionales/Federaciones que tengan otro estadio habilitado podrán continuar con los trabajos de finalización de las mejoras.-
9. Las condiciones mínimas de infraestructura que deben tener los estadios fueron volcadas en los Boletines Oficiales N° 494 y 495 del 09/04/05 y 27/05/05, respectivamente.
10. La seguridad es de vital importancia y no habrá ningún tipo de excepción con quienes no cumplan con los requisitos que garanticen la seguridad del público y participantes del evento;
11. Los estadios deberán contar con la correspondiente habilitación Municipal o autoridad competente y policial.
12. Se establece como plazo máximo el día 20/11/08 para que las Ligas / Uniones Regionales / Federaciones comuniquen el nombre de los clubs que la representarán. En caso de no contar aún con los mismos, deberán ratificar o rectificar en la misma fecha citada y recepcionada en este Consejo Federal no mas allá del 30/11/08 por pieza postal con aviso de retorno su postulación y la cantidad de plazas con que participará, en forma fehaciente.
13. El no cumplimiento de esta normativa significará la exclusión del certamen. Una vez efectuado el fixture respectivo de darse el caso que una Liga/Uniones Regionales/Federaciónes desertara con su Club participante o alguno de ellos, se procederá a la aplicación de las sanciones que establecen las reglamentaciones en vigencia.
14. A la fecha de realización del fixture del Torneo las Ligas que mantengan deudas con el Consejo Federal (por cualquier concepto) no serán incluidas en el certamen; además deberán demostrar de forma fehaciente haber organizado un torneo oficial de Liga en el año en curso según lo establecen las reglamentaciones del Consejo Federal, con todas sus obligaciones y resoluciones al respecto (seguros, aportes, cantidad de clubes, etc).
15. Los equipos participantes deberán poseer estadios en su jurisdicción deportiva a fin de disputar el certamen con todos los requisitos de seguridad ya establecidos, debiendo contar con capacidad de 1.500 espectadores en tribunas y 200 en plateas como mínimo.
16. En todos los casos los clubes locales deberán obligatoriamente disponer para el ocasional visitante el 30% de la capacidad total del estadio, debidamente sectorizada.
17. Se deja expresamente plasmado en el presente informe que aquellas Ligas/Uniones Regionales que postulen uno o dos clubes deberán tener como mínimo un estadio habilitado por el Consejo Federal y las que postulen tres clubes deberán tener dos estadios habilitados como mínimo.
PUESTO A CONSIDERACION SE APRUEBA POR UNANIMIDAD
FUENTE: CONSEJO FEDERAL DEL FUTBOL
2. Las Ligas/Uniones Regionales podrán postular para este torneo una cantidad máxima de equipos que la representen en función de la cantidad de clubes que poseen. En tal sentido se establece que las Ligas/Uniones Regionales que poseen hasta diez (10) clubes afiliados podrán postular como máximo un (1) club representante, las Ligas/Uniones Regionales con entre once (11) y veinte (20) clubes afiliados podrán postular hasta dos (2) equipos representantes, y las Ligas/Uniones Regionales que cuenten con veintiún (21) o más clubes afiliados, podrán postular hasta tres (3) equipos representantes.
3. Las Uniones Regionales podrán postular un (1) club más de lo citado precedentemente.-
4. Las Ligas que integran una Unión Regional no podrán postularse en forma individual para la presente edición del certamen, conforme a la Resolución del Consejo Federal nº 11.005 del 29 de Abril de 2004.
5. Además las Federaciones reconocidas, podrán postular un (1) equipo que las represente, siempre que surja del torneo oficial que organice ésta, la cual deberá enviar al Consejo Federal, la documentación respaldatoria de la organización del torneo y disputa y en el que deberán participar no menos de diez (10) equipos. Las Federaciones deberán hacer llegar las postulaciones en tal sentido el 15/08/2008.-
6. Los clubes que descendieron del Torneo Argentino 2007/08 Categoría B, tendrán plazo hasta el 03 de noviembre de 2008 para confirmar su participación en la presente edición del Torneo del Interior.-
7. La fecha tentativa de inicio se fijó para el 25 de Enero de 2.009.
8. Se verificarán la capacidad y seguridad de los estadios hasta el día 30 de septiembre del corriente. Las mejoras a realizar conforme a la inspección efectuada, deberán estar finalizadas antes del 30/10/2008, caso contrario los estadios quedaran inhabilitados, y los Clubs no podrán participar del Torneo si solo cuentan con ese estadio. No habrá prorrogas para posteriores mejoras. Solo las Ligas/Uniones Regionales/Federaciones que tengan otro estadio habilitado podrán continuar con los trabajos de finalización de las mejoras.-
9. Las condiciones mínimas de infraestructura que deben tener los estadios fueron volcadas en los Boletines Oficiales N° 494 y 495 del 09/04/05 y 27/05/05, respectivamente.
10. La seguridad es de vital importancia y no habrá ningún tipo de excepción con quienes no cumplan con los requisitos que garanticen la seguridad del público y participantes del evento;
11. Los estadios deberán contar con la correspondiente habilitación Municipal o autoridad competente y policial.
12. Se establece como plazo máximo el día 20/11/08 para que las Ligas / Uniones Regionales / Federaciones comuniquen el nombre de los clubs que la representarán. En caso de no contar aún con los mismos, deberán ratificar o rectificar en la misma fecha citada y recepcionada en este Consejo Federal no mas allá del 30/11/08 por pieza postal con aviso de retorno su postulación y la cantidad de plazas con que participará, en forma fehaciente.
13. El no cumplimiento de esta normativa significará la exclusión del certamen. Una vez efectuado el fixture respectivo de darse el caso que una Liga/Uniones Regionales/Federaciónes desertara con su Club participante o alguno de ellos, se procederá a la aplicación de las sanciones que establecen las reglamentaciones en vigencia.
14. A la fecha de realización del fixture del Torneo las Ligas que mantengan deudas con el Consejo Federal (por cualquier concepto) no serán incluidas en el certamen; además deberán demostrar de forma fehaciente haber organizado un torneo oficial de Liga en el año en curso según lo establecen las reglamentaciones del Consejo Federal, con todas sus obligaciones y resoluciones al respecto (seguros, aportes, cantidad de clubes, etc).
15. Los equipos participantes deberán poseer estadios en su jurisdicción deportiva a fin de disputar el certamen con todos los requisitos de seguridad ya establecidos, debiendo contar con capacidad de 1.500 espectadores en tribunas y 200 en plateas como mínimo.
16. En todos los casos los clubes locales deberán obligatoriamente disponer para el ocasional visitante el 30% de la capacidad total del estadio, debidamente sectorizada.
17. Se deja expresamente plasmado en el presente informe que aquellas Ligas/Uniones Regionales que postulen uno o dos clubes deberán tener como mínimo un estadio habilitado por el Consejo Federal y las que postulen tres clubes deberán tener dos estadios habilitados como mínimo.
PUESTO A CONSIDERACION SE APRUEBA POR UNANIMIDAD
FUENTE: CONSEJO FEDERAL DEL FUTBOL